SEDE SANTIAGO | SEDE MILLADOIRO

Sistema suministro inmediato de información

Se trata de un nuevo sistema de llevanza de libros registro de IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT mediante el suministro inmediato de los registros de facturación, será obligatorio a partir del 1 de julio de 2017.

El Sistema Inmediato de Información (en adelante, SII) será un nuevo sistema de gestión de IVA, que trata de facilitar a la Administración la información relativa a las facturas emitidas y recibidas casi en tiempo real, es decir, en su momento de emisión o recepción.

El sistema será aplicable con carácter obligatorio para los sujetos pasivos inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual de IVA), Grandes empresa (facturación superior a 6.010.121,04 €) y grupos a efectos IVA. También se podrán acoger de manera voluntaria a éste sistema los sujetos pasivos que estén interesados.

Obligaciones para los sujetos pasivos acogidos al SII:

Llevanza a través de sede electrónica de la AEAT los Libros Registro de:

– Facturas expedidas

– Facturas recibidas

– Bienes de inversión

– Determinadas operaciones intracomunitarias

El envío de información se realizará de manera automática a través de un servicio web. La estructura del envío de información será: con una cabecera común con la información del titular de cada libro registro, la información del ejercicio y periodo en el que se registran dichas operaciones, y se acompañará de un bloque con el contenido de las facturas. Otra manera de suministrar la informacián será a través de los programas de gestión utilizados por cada empresa y habilitando los mismos al nuevo sistema de suministro de información.

Cabe aclarar que no se enviarán las facturas en sí, sino la información de esas facturas que figuraría en los libros registro.

Plazo para enviar los registros de facturación a través del SII:

– Facturas expedidas: plazo de 4 días desde la expedición de la factura.

– Facturas recibidas: plazo de 4 días desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura.

– Operaciones intracomunitarias. Plazo de 4 días desde el momento de inicio de la expedición o transporte, o desde la recepción de los bienes.

-Bienes inversión: plazo de presentación del último periodo de liquidación del año (30 enero)

En todo caso, el suministro se realizará antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del impuesto correspondiente a la operación que debe registrarse.

Durante el segundo sementre del ejercicio 2017 los plazos de 4 días se amplían a 8 días.

Entradas relacionadas