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Sociedades: se acerca el cierre del ejercicio 2016

El cierre fiscal y contable 2016 está próximo, es el momento de revisar la fiscalidad y contabilidad de nuestra empresa para obtener un mayor ahorro fiscal.

Recomendaciones de cara al cierre del ejercicio:

  1. Revisar los criterios contables y sus diferencias con los criterios fiscales.
  2. Verificar si la sociedad es una entidad patrimonial (aquella en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afectos a una actividad económica).
  3. Imputar temporalmente los gastos e ingresos al ejercicio de su devengo: si su empresa tiene beneficios intente anticipar algunos gastos o retrase algunos ingresos.
  4. Registrar operaciones con precio aplazado: las rentas se entienden obtenidas proporcionalmente a medida que sean exigibles los cobros.
  5. Amortizar: revisión de métodos y porcentajes, utilice aquel que le aporte un mayor gasto para rebajar la base imponible de su impuesto.
  6. Deteriorar: solo son deducibles los deterioros contables por existencias o insolvencias de deudores.
  7. Identificar los gastos contables que no son fiscalmente deducibles.
  8. Aplicar la Reserva capitalización: reduzca de su base imponible el 10% del importe del incremento de los fondos propios siempre que ese incremento se mantenga durante un plazo de 5 años y se dote una reserva por su reducción.
  9. Aplicar la Reserva de nivelación para empresas de reducida dimensión: reduzca de su base imponible el 10% de su importe con un máximo de 1 millón de euros. Se compensará esta reserva a medida que se obtengan bases imponibles negativas en los 5 ejercicios siguientes.
  10. Beneficiarse de las deducciones que se mantienen:
    1. Deducción por creación de empleo y para trabajadores con discapacidad.
    2. Deducción por I+D+i.
    3. Deducción de las producciones cinematográficas.
    4. Deducción por la producción y exhibición de espectáculos.
  11. Nuevo tipo de gravamen: el gravamen general y el de las empresas de reducida dimensión se equipara y pasa a ser el 25%.
  12. Nuevos sujetos pasivos por éste impuesto, las sociedades civiles.

 

 

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