El TSJM ha decidido suspender provisionalmente esta instrucción y evitar así que se produzcan daños irreparables, pero, con la suspensión de la instrucción los empresarios no deberán dejar de cumplir con sus obligaciones en materia de llevanza y legalización de libros que les impone la normativa mercantil, sino únicamente se dejará sin aplicación temporalmente la Instrucción hasta que recaiga Sentencia.
Por ello, dicha suspensión solamente tiene como efecto práctico que los empresarios podrán seguir presentando los libros para su legalización tanto en formato papel como electrónico y de forma presencial o telemática, así como la legalización de los libros físicos en blanco (antes de su utilización), tal y como parece que se ha venido aceptando por la mayoría de los Registros Mercantiles hasta la publicación de la Instrucción.
http://s01.s3c.es/imag/doc/2015-04-28/AutodelTSJ_ResolucionDGRN.pdf