SEDE SANTIAGO | SEDE MILLADOIRO

Programa de apoyo de acceso a la financiación para circulante, refinanciación de pasivos y ampliación de capital de las PYMES instrumentadas mediante convenio de colaboración entre el IGAPE, Entidades Financieras y Sociedades de Garantía Recíporca (SGR´S). Programa Resolve +.

Objeto: Adecuar y reforzar la estructura financiera de las PYMES facilitando el acceso a la financiación mediante 3 líneas de financiación subsidiada:

  1. Programa de apoyo al circulante
  2. Programa de refinanciación de pasivos
  3. Programa de ampliación de capital

Beneficiarios: PYMES cuyo centro de actividad económica se encuentre radicado en Galicia y se encuentren al día en sus obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda Pública y Xunta de Galicia.

Actividades subvencionables:

  • Agricultura.
  • Pesca y acuicultura.
  • Industria extractiva.
  • Industria manufacturera: alimentación, bebidas, textil, piezas de ropa de vestir, cuero y calzado, madera y corteza, papel, gráficas y reproducción de soportes gravados, coquerías y refinación del petróleo, química, productos farmacéuticos, productos de caucho y plástico, otros productos minerales no metálicos, metalurgia, …
  • Abastecimiento de energía eléctrica, gas, vapor, aire acondicionado.
  • Abastecimiento de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
  • Construcción.
  • Comercio al por mayor y menor, reparación de vehículos de motor y motocicletas.
  • Transporte y almacenamiento.
  • Hostelería.
  • Información y comunicación.
  • Actividades inmobiliarias.
  • Actividades profesionales, científicas y técnicas.
  • Actividades administrativas y servicios auxiliares.
  • Otros servicios.

Requisitos:

LÍNEA 1: Programa de apoyo al circulante.
PYMES que formalicen una nueva póliza de crédito o préstamo (no renovación) para financiar su activo corriente entendido como tal:

  • Nóminas trabajadores.
  • Tributos y Seguridad Social.
  • Alquiler, leasing.
  • Proveedores y acreedores por prestación de servicios.
  • Deudas bancarias a largo plazo en el momento de su vencimiento y cuotas de leasing.

LÍNEA 2: Programa de refinanciación de pasivos.
Formalización de un préstamo a largo plazo para cancelación o modificación de pasivos formalizados con entidades financieras (pólizas de crédito, pólizas de préstamo o contratos de leasing) con vencimiento a corto – medio plazo.

No se podrán acoger las empresas incursas en situación concursal o bien se encuentren en alguna de las situaciones legales de disolución de la sociedad.

Se entenderán por pasivos financieros refinanciables: pólizas de préstamo o crédito y contratos de leasing con vencimiento no superior a 2 años a partir de la fecha de solicitud de ayuda en el Igape.

LÍNEA 3: Programa de ampliación de capital.
Podrán ser beneficiarios socios actuales o futuros de sociedades ya constituidas que soliciten la
financiación para una ampliación de capital con desembolso del 100% en el marco de un acuerdo adoptado en Junta General. La sociedad emisora de la ampliación deberá cumplir las condiciones de beneficiaria no siendo así para los socios. No se subsidiarán ampliaciones cuando la sociedad haya reducido su capital en los últimos 3 años a no ser que fuese para compensación de pérdidas.
Las obligaciones derivadas de estos préstamos correrán a cargo del socio.

Características:
LÍNEA 1: Programa de apoyo al circulante.

  • Modalidad: préstamo o póliza de crédito
  • Importe: mínimo 3.000 € y máximo 150.000 €
  • Plazo: máximo 3 años.

LÍNEA 2: Programa de refinanciación de pasivos.

  • Modalidad: préstamo
  • Importe: mínimo 6.000 € y máximo 300.000 €.
  • Plazo: vigencia 5 años.

LÍNEA 3: Programa de ampliación de capital.

  • Modalidad: préstamo
  • • Importe: máximo de 250.000 € por socio que suscribe capital y 500.000 € por empresa que amplia capital.
  • Plazo: mínimo 7 años y no se establece máximo.
  • En caso de concurrencia de líneas el importe máximo del préstamo/crédito subsidiable sería de 500.000 €.

Tipo de interés y comisiones:
Tipo de interés: euribor a 6 meses más un adicional máximo de 2,75%.
Comisión: máxima de 1,5% de apertura, 0,5% de estudio, y en el caso de póliza de crédito, además una comisión de disponibilidad trimestral máxima de 0,5% sobre el saldo medio dispuesto. Para las comisiones de estudio y apertura, conjuntamente, la entidad financiera podrá estipular un mínimo de 100 €.
Garantía:
La garantía a favor de las entidades financieras: será el aval de las SGR adheridas al convenio. En función del destino de la operación el porcentaje de aval será el siguiente:

  • Préstamos o pólizas de crédito para circulante: 100% del riesgo.
  • Préstamos para refinanciación de pasivos: 50% del riesgo.
  • Préstamos para ampliación de capital: 100% del riesgo.

En el caso de operaciones de préstamos para refinanciación de pasivos, la entidad financiera podrá requerir garantías personales o reales por la parte no avalada por SGR.
Las garantías a favor de SGR: serán el reaval del Igape en cobertura del 25% del riesgo y como garantía adicional podrán requerir garantías personales.

Ayuda del IGAPE: Las ayudas del Igape para el beneficiario previstas para cada operación al amparo de este programa serán las siguientes:
Ayuda en forma de garantía: consiste en reaval del Igape durante la vigencia del préstamo‐crédito, en garantía del 25% del riesgo asumido por SGR.
Ayuda en forma de subsidiación del tipo de interés: a las operaciones acogidas a la ampliación de capital se les otorgará una ayuda adicional de 5% del principal del préstamo formalizado. Dicha ayuda se corresponde con una subsidiación al tipo de interés de aproximadamente el 1,50% puntos porcentuales para un préstamo teórico a 7 años con amortización trimestral y sin carencia.
PLAZO DE SOLICITUD: desde el 22 de Septiembre hasta el 30 de diciembre de 2010.
Las ayudas financieras que se concedan al amparo de estas bases tendrán la consideración de ayuda de minimis.

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